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Publican para comentarios decreto sobre autogeneración remota en Colombia

Bajo esta premisa, el Ministerio de Energía y Minas publicó para comentarios el borrador por el cual se modifica el Decreto 1073 de 2015, en relación con los lineamientos de política energética en materia de autogeneración y producción marginal.

No hay dudas que la generación distribuida juega un rol importante en la ambiciosa meta planteada por el gobierno actual de Gustavo Petro de alcanzar 6 GW de capacidad instalada renovable, antes de finalizar su mandato.

Bajo esta premisa, el Ministerio de Energía y Minas publicó para comentarios el borrador por el cual se modifica el Decreto 1073 de 2015, en relación con los lineamientos de política energética en materia de autogeneración y producción marginal.

Este documento tiene como objetivo principal generar simetría en las condiciones de participación en el mercado mayorista entre los generadores, autogeneradores y productores marginales al adicionar la “producción marginal” y eliminar “entrega de excedentes”.

De esta forma, establece que los consumos de energía en áreas especiales y por productores de hidrógeno abastecidos por fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER) estarán exentos de estos cargos por un periodo de dos años.

A su vez, propone un límite mínimo de la autogeneración a gran escala. De acuerdo al escrito, la UPME establecerá, en un período de seis meses, el límite máximo de potencia de la autogeneración a pequeña escala, el cual se podrá actualizar si las variables que se tuvieran en cuenta para su determinación cambian significativamente.

«Este tendrá en cuenta criterios técnicos y económicos y no podrá ser superior al límite mínimo de potencia establecido por regulación para que una planta de generación pueda ser despachada centralmente», explica.

Asimismo, fija los parámetros o «requisitos necesarios» para ser considerado autogenerador o productor Marginal. Algunos de ellos son la utilización de activos del Sistema de Transmisión Nacional y la regulación de excedentes de energía. En otras palabras, los productores marginales pueden entregar excedentes a la red y deben estar representados en el mercado mayorista por un agente comercializador o generador.

En este sentido, la propuesta de ley permite que la energía producida por autogeneradores pueda utilizar los activos del sistema de transmisión nacional para el autoconsumo en sitios diferentes a los de producción. Además en la entrega de la Energía Excedente, la cantidad de energía sobrante producida puede superar el consumo propio en cualquier proporción.

Según pudo saber Energía Estratégica, esta propuesta del Ministerio de Energía y Minas fue bien recibida por expertos del sector energético por facilitar la optimización del uso de recursos energéticos propios.

Uno de ellos fue Ricardo Álvarez Orozco, Director de Desarrollo de Negocios en We Powerempresa enfocada en soluciones de energía solar y eficiencia energéticaquien destacó en sus redes sociales: «El decreto de autogeneración se complementa con el de comunidades energéticas al promover la generación distribuida y la participación ciudadana en la gestión energética. Las comunidades energéticas pueden aprovechar la normativa para autogenerar y consumir energía en colectivo, maximizando los recursos locales y fomentando la cohesión social».

Álvarez Orozco, explicó que con ambas iniciativas abren oportunidades ya que reducen los costos operativos y mejoran de la sostenibilidad para la industriafacilitan a las personas el acceso a energía reduciendo de la pobreza energética e incrementan la independencia energética y la promoción de la sostenibilidad ambiental a nivel país.

No obstante señaló que para que su aplicación sea efectiva, el gobierno deberá asumir los retos de: «asegurar la correcta aplicación de las exenciones y parámetros; desarrollar la infraestructura necesaria para soportar la autogeneración y la entrega de excedentes; y extender la autogeneración remota a otras áreas, no solo especiales».

FUENTE: https://www.energiaestrategica.com/publican-para-comentarios-decreto-sobre-autogeneracion-remota-en-colombia/

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