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InterElectricas list En: Noticias 2023 - Marzo En: comment Comentario: 0 favorite Vistas: 138

EN EUROPA- Acuerdo europeo provisional sobre la directiva de energías renovables

Los negociadores del Consejo Europeo y el Parlamento han llegado a un acuerdo político provisional para aumentar la cuota de energías renovables en el consumo total de energía de la UE al 42,5% para 2030 con un complemento indicativo adicional del 2,5% que permitiría llegar al 45%. Cada estado miembro contribuirá a este objetivo común. Este acuerdo político provisional deberá ahora ser refrendado por ambas instituciones.

Los negociadores han acordado provisionalmente objetivos sectoriales más ambiciosos en el transporte, la industria, los edificios y la calefacción y refrigeración urbanas. El objetivo de los subobjetivos es acelerar la integración de las renovables en sectores donde la incorporación ha sido más lenta.

Transporte

El acuerdo provisional da la posibilidad a los estados miembros de elegir entre dos objetivos vinculantes, la reducción del 14,5% de la intensidad de los gases de efecto invernadero en el transporte a partir del uso de energías renovables para 2030 o, al menos, un 29% de participación de energías renovables en el consumo final de energía en el sector del transporte para 2030.

El acuerdo provisional establece un subobjetivo combinado vinculante del 5,5% para biocombustibles avanzados y combustibles renovables de origen no biológico (principalmente hidrógeno renovable y combustibles sintéticos basados en hidrógeno) en la cuota de energías renovables suministradas al sector del transporte. Dentro de este objetivo, existe un requisito mínimo del 1% de combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO) en la proporción de energías renovables suministradas al sector del transporte en 2030.

Industria

El acuerdo provisional establece que la industria incrementaría su uso de energías renovables anualmente en un 1,6%. Acordaron que el 42% del hidrógeno utilizado en la industria debería provenir de combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO) para 2030 y el 60% para 2035.

El acuerdo introduce la posibilidad de que los estados miembros descuenten la contribución de los RFNBO en uso industrial en un 20% bajo dos condiciones. En primer lugar, que la contribución nacional de los estados miembros al objetivo general vinculante de la UE cumpla con su contribución esperada y, en segundo lugar, que la cuota de hidrógeno procedente de combustibles fósiles consumidos en el estado miembro no supere el 23% en 2030 y el 20% en 2035.

Edificios, calefacción y refrigeración

El acuerdo provisional establece un objetivo indicativo de al menos un 49% de cuota de energías renovables en los edificios en 2030. Prevé también un aumento gradual de los objetivos renovables para calefacción y refrigeración, con un incremento vinculante del 0,8% anual a nivel nacional hasta 2026 y del 1,1% de 2026 a 2030. La tasa media anual mínima aplicable a todos los estados miembros se complementa con aumentos indicativos calculados específicamente para cada estado miembro.

Bioenergía

El acuerdo provisional refuerza los criterios de sostenibilidad para el uso de biomasa para energía, con el fin de reducir el riesgo de producción de bioenergía no sostenible. Aplica un principio en cascada para garantizar que la biomasa se utilice de acuerdo con su mayor valor agregado económico y ambiental.

Permisos más rápidos para proyectos

El acuerdo provisional incluye procedimientos de autorización acelerados para proyectos de energía renovable. El objetivo es impulsar el despliegue de energías renovables en el contexto del plan REPowerEU de la UE para independizarse de los combustibles fósiles rusos.

Los estados miembros diseñarán áreas de aceleración de energías renovables donde los proyectos de energía renovable se someterían a un proceso de concesión de permisos simplificado y rápido. También se presumirá que el despliegue de energía renovable es de 'interés público superior', lo que limitaría los motivos de las objeciones legales a las nuevas instalaciones.

Próximos pasos

El acuerdo político provisional alcanzado se someterá primero a los representantes de los Estados miembros de la UE en el Comité de Representantes Permanentes del Consejo y luego al Parlamento para su aprobación. Luego, la directiva deberá ser adoptada formalmente por el Parlamento y luego por el Consejo, antes de ser publicada en el Diario Oficial de la UE y entrar en vigor.

Fuente:https://www.interempresas.net/Energia/Articulos/471372-Acuerdo-europeo-provicional-sobre-la-directiva-de-energias-renovables.html

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